¿Qué hay que hacer cuando hay una cita de embargo de facturación superior a la generación de caja del negocio?

Ante el aumento del número de embarazos de facturación con el advenimiento del Nuevo Código de Proceso Civil, vigente a partir de abril de este año, las empresas que se acuerdan de esta decisión judicial, pasan a tener otro desafío: cómo actuar cuando hay una cuota de porcentaje de embargo de la facturación en valor superior a la generación de caja del negocio?

La respuesta es: exponiendo en juicio, a través de su abogado, un Dictamen Económico que demuestre la situación económica y financiera vivenciada, las perspectivas futuras de generación de caja y compromisos existentes, comprobando que el porcentaje fijado inviabiliza el ejercicio de la actividad empresarial.

La exposición debe estar suficientemente basada en los registros contables históricos y representar el momento real vivido, con perspectivas de futuro a partir de premisas de mercado ya consolidadas.

Cuando estamos llamados a periciar judicialmente situaciones de esa naturaleza, exigimos mínimamente las proyecciones de resultado, giro y caja bien fundamentadas – es lo básico.

Recomendamos que la exposición no esté disociada de la planificación financiera de la empresa – no debe ser una simulación sólo para este fin.

Las explicaciones basadas en meras suposiciones, además de no convencer, no darán el fundamento necesario para la fijación del porcentaje de embargo, poniendo en riesgo la existencia de la empresa.

 

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